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Traspaso de Armas de Fuego

Otorgamiento de Transferencia de los derechos de propiedad de un arma a favor de una persona física o jurídica. Conforme la Ley No. 631-16 de Control y Regulación de Armas, Municiones y Materiales Relacionados.

Información de contacto

Dirección: Av. México esquina Leopoldo Navarro, Edificio de Oficinas Gubernamentales.

Teléfono: (809) 686-6251 | Centro Informativo: *788 | Whatsapp: 829-653-4377

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Procedimientos a seguir

Procedimiento

  1. Realizar los pagos correspondientes en la plataforma del Ministerio de Interior y Policía (MIP) o de manera presencial en BanReservas.
    Pagar en línea →
  2. El comprador y el vendedor deberán realizar una cita en el Laboratorio Balístico y Biométrico (LABBS) para efectuar la prueba balística con fines de traspaso.
    Agendar cita balística →
  3. Luego de completar los exámenes requeridos, deberá solicitar el servicio en línea.
    Acceder al servicio →

    • Prueba de doping.
    • Evaluación psicológica o psiquiátrica.
    • Pruebas balística y biométrica (LABBS).
    • Certificación de idoneidad emitida por un polígono certificado por el MIP.
  4. Luego de completar la solicitud en línea y una vez validados los documentos cargados en la plataforma, el sistema habilitará la opción para agendar la cita correspondiente para el depósito y validación final del expediente.
    Hacer cita en línea →
  5. El día de la cita, el comprador y el vendedor deberán presentarse con los documentos físicos originales y el arma de fuego para la recepción y verificación final del expediente por parte del Ministerio de Interior y Policía.
  6. Una vez completado el proceso de validación, se entregará al nuevo comprador la licencia correspondiente y el arma de fuego.
  7. Este proceso podrá realizarse en la sede central de Santo Domingo, en la Regional Norte (Santiago) o en la Regional Este (La Romana).

Procedimiento

  1. La entidad compradora y la entidad vendedora deberán completar la documentación requerida para el traspaso entre personas jurídicas.
  2. El usuario asignado por la compañía compradora deberá realizar la cita en el Laboratorio Balístico y Biométrico para efectuar la prueba balística, en caso de armas cortas.
    Agendar cita balística →
  3. Realizar el pago de los impuestos correspondientes y completar toda la documentación requerida.
    Pagar en línea →
  4. Luego de completar la documentación, agendar la cita para el depósito del expediente de traspaso.
    Hacer cita en línea →
  5. El día de la cita, se depositará el arma y la documentación correspondiente en el Ministerio de Interior y Policía para la validación final del expediente.

  1. La entidad vendedora y el ciudadano comprador deberán completar la documentación requerida para el traspaso del arma de fuego.
  2. El ciudadano comprador y el representante autorizado de la entidad vendedora deberán realizar la cita en el Laboratorio Balístico y Biométrico para efectuar la prueba balística, en caso de armas cortas.
    Agendar cita balística →
  3. Realizar el pago de los impuestos correspondientes y completar los requisitos exigidos para el ciudadano comprador y la entidad vendedora.
    Pagar en línea →
  4. Luego de completar la documentación, agendar la cita para el depósito del expediente de traspaso.
    Hacer cita en línea →
  5. El día de la cita, se depositará el arma y la documentación correspondiente para la validación final del expediente.

  1. El ciudadano vendedor y la entidad compradora deberán completar la documentación requerida para el traspaso del arma de fuego.
  2. El ciudadano vendedor y el usuario asignado por la entidad compradora deberán realizar la cita en el Laboratorio Balístico y Biométrico para efectuar la prueba balística, en caso de armas cortas.
    Agendar cita balística →
  3. Realizar el pago de los impuestos correspondientes y completar los requisitos exigidos para el ciudadano vendedor, la entidad compradora y el usuario autorizado a portar el arma.
    Pagar en línea →
  4. Luego de completar la documentación, agendar la cita para el depósito del expediente de traspaso.
    Hacer cita en línea →
  5. El día de la cita, se depositará el arma y la documentación correspondiente en el Ministerio de Interior y Policía para la validación final del expediente.

Requerimientos o requisitos

Requisitos

  1. Dos (2) fotos 2×2 del comprador.
  2. Fotos del arma de fuego, con la serie visible.
  3. Licencia del vendedor. En caso de no poseerla, presentar denuncia por pérdida.
  4. Acto de venta notarial, legalizado por la Procuraduría General de la República.
  5. Declaración jurada donde se especifique el conocimiento de la Ley Núm. 631-16 y la necesidad de portar el arma, legalizada por la Procuraduría General de la República (PGR).
  6. Cédulas de identidad y electoral del comprador y del vendedor. Si es extranjero, presentar tarjeta de residencia permanente y copia del pasaporte.
  7. Certificación de no antecedentes penales del comprador, con no más de treinta (30) días de expedición.
  8. Prueba psiquiátrica o psicológica.
  9. Prueba doping.
  10. Certificación de idoneidad emitida por un polígono.
  11. Pruebas balística y biométrica, en caso de armas cortas.
  12. Recibos de pagos de impuestos para emisión de licencia por traspaso. En caso de estar vencida, debe pagar la renovación.
  13. Certificación del arma emitida por la Intendencia del Material Bélico de las Fuerzas Armadas, en caso de ser requerida.

Requisitos

  1. Carta en dos (2) ejemplares en original, debidamente timbrada, sellada y firmada por el presidente o gerente de la sociedad compradora, indicando el trámite que desea realizar, así como la persona autorizada a depositar el expediente, retirar la licencia y el arma de fuego.
  2. Copia legible de la Cédula de Identidad y Electoral del representante.
  3. Original y una (1) copia del contrato de venta de arma de fuego, debidamente legalizado por la Procuraduría General de la República (PGR). En caso de que no sea el presidente o gerente quien firme dicho acto de venta, deberá conocerse en asamblea la persona que representará a la entidad en ese trámite.
  4. Copia legible de la Cédula de Identidad y Electoral del vendedor y del presidente o gerente de la sociedad compradora.
  5. Original y copia de la licencia de arma de fuego del vendedor o certificación de pérdida.
  6. Fotos del arma de fuego de ambos lados, con la serie legible.
  7. Carta original debidamente timbrada, sellada y firmada por el presidente o gerente de la sociedad compradora, indicando el usuario autorizado a portar el arma.
  8. Copia de la Cédula de Identidad y Electoral del usuario a asignar.
  9. Certificación de No Antecedentes Penales del usuario que será portador del arma de fuego, con no más de treinta (30) días de expedición.
  10. Relación de todas las armas a depositar, en caso de ser más de una.
  11. Relación del personal a asignar, en caso de ser más de uno.
  12. Logo de la sociedad en una memoria USB, en caso de que el solicitante sea una compañía nueva.
  13. Copia del Certificado del Registro Mercantil vigente de la sociedad compradora. En caso de que la vendedora sea compañía, deberá aportarlo conjuntamente.
  14. Certificación original emitida por la DGII, vigente, a nombre de la entidad propietaria, vendedora y compradora, donde se demuestre que se encuentra al día con sus obligaciones fiscales.
  15. Certificación original emitida por la Tesorería de la Seguridad Social (TSS), vigente, a nombre de la entidad, vendedora y compradora, donde se demuestre que se encuentra al día con sus obligaciones correspondientes.
  16. Copia de los Estatutos Sociales de la sociedad compradora. En caso de que la vendedora sea compañía, deberá aportarlos.
  17. Copia del Acta de Asamblea que autoriza la venta de las armas, si aplica a la entidad vendedora.
  18. Copia del Acta de Asamblea que autoriza la compra de las armas.
  19. Original de certificación de estatus emitida por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada (SVSP), no mayor a treinta (30) días de expedición. Solo aplica para compañías de seguridad.
  20. Copia de la licencia de operación emitida por la SVSP. Solo aplica para compañías de seguridad.
  21. Poder especial notariado. Solo aplica en caso de que el presidente de la sociedad sea extranjero.
  22. Copia de la Asamblea que ratifica los gerentes.
  23. Prueba del polígono de tiro a nombre del usuario que será portador del arma de fuego.
  24. Prueba de antidoping a nombre del usuario que será portador del arma de fuego.
  25. Prueba psiquiátrica para porte de arma de fuego a nombre del usuario que será portador del arma de fuego.
  26. Prueba balística y biométrica a nombre del usuario que será portador del arma de fuego. No aplica para armas largas.
  27. Recibo del impuesto de pago para emisión de licencia por traspaso de pistola o revólver del BanReservas, según la tasa correspondiente.
  28. Recibo del impuesto de pago para emisión de licencia por traspaso de escopeta del BanReservas, según la tasa correspondiente.
  29. Recibo del impuesto de pago para emisión de porte del BanReservas, según la tasa correspondiente.

Información Adicional

N/A

Datos importantes

Horario:

Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m.

Canal de Prestación:

Presencial / En linea

Tiempo de realización:

1 día laborable. (El tiempo establecido para entrega entra en vigencia luego de haber completado los requisitos antes señalados)

Tiempo de respuesta:

1 día laborable. (El tiempo establecido para entrega entra en vigencia luego de haber completado los requisitos antes señalados)

Costo:

Pruebas Balística y Biométrica por Traspaso: RD$4,620.00 Emisión de Licencia de Traspaso para Tenencia de Escopetas: RD$4,720.00 Emisión de Licencia de Traspaso para Tenencia de Pistolas y Revólveres: RD$11,345.00 Emisión de Porte por Traspaso: RD$805.00

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