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Permiso para Apertura de Parques de Diversión

Autorización otorgada a personas físicas o jurídicas para la apertura de parques de diversión a nivel nacional.

Información de contacto

Dirección: Av. México esquina Leopoldo Navarro, Edificio de Oficinas Gubernamentales.

Teléfono: (809) 686-6251 | Centro Informativo: *788 | Whatsapp: 829-653-4377

Código QR para descargar la información de contacto de Permiso para Apertura de Parques de Diversión

Descargar información de contacto.

Procedimientos a seguir

  1. Dirigirse al área correspondiente, ubicada en el segundo piso del Ministerio de Interior y Policía, para validar los requisitos.
  2. Realizar el pago correspondiente en la caja, ubicada en el tercer piso del Ministerio de Interior y Policía.

Requerimientos o requisitos

Seleccione una categoría para consultar los requisitos.

  1. Formulario solicitud firmado.
  2. Copia de cédula de identidad y Electoral o copia de pasaporte, carnet de residencia, según corresponda.
  3. Certificación de no antecedentes penales emitido por la Procuraduría General de la República, con vigencia dentro de los 30 días desde su emisión.
  4. Copia del Certificado de Registro de Nombre Comercial emitido por la Oficina Nacional de la Propiedad Industrial (ONAPI).
  5. Certificación de cumplimiento fiscal emitida por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), con vigencia dentro de los 30 días de su emisión.
  6. Certificación de cumplimiento de pago emitido por la Tesorería General de la República.
  7. Recibo de pago de tasas por servicios del MIP, conforme a lo establecido en el ordinal quinto de la presente resolución.
  8. Póliza de seguro de accidentes valorada en quinientos mil pesos con 00/100 (RD$500,000.00).
  9. Disponer de un extintor visible de fácil acceso por cada juego mecánico.
  10. Disponer de una puerta de salida de emergencia de fácil acceso y debidamente señalizada.
  11. Disponer de una estación de enfermería de primeros auxilios en caso de accidentes.
  12. Constancia de aprobación de inspección del lugar de instalación, realizada por el personal técnico del MIP.

  1. Formulario solicitud firmado y sellado por el representante legal.
  2. Copia certificada de Registro Mercantil vigente.
  3. Copia del Certificado de Registro de Nombre Comercial emitido por la Oficina Nacional de la Propiedad Industrial (ONAPI).
  4. Copia de asamblea que designe al representante legal, registrada en la Cámara de Comercio y Producción correspondiente.
  5. Certificación de Cumplimiento Fiscal emitida por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), con vigencia dentro de los 30 días desde su emisión.
  6. Certificación de Cumplimiento de pago emitido por la Tesorería General de la República.
  7. Copia de cédula de identidad y electoral o copia de pasaporte, carnet de residencia, según corresponda, de los socios o accionistas y del representante legal.
  8. Certificación de no antecedentes penales emitido por la Procuraduría General de la República de los socios o accionistas y del representante legal, con vigencia dentro de los 30 días de su emisión.
  9. Recibo de pago de tasas por servicios del MIP, conforme a lo establecido en el ordinal quinto de la presente resolución.
  10. Póliza de seguro de accidentes valorada en quinientos mil pesos con 00/100 (RD$500,000.00).
  11. Disponer de un extintor visible de fácil acceso por cada juego mecánico.
  12. Disponer de una puerta de salida de emergencia de fácil acceso y debidamente señalizada.

  1. Autorización o permiso del ayuntamiento de la demarcación donde será instalado el parque de diversión mecánico. En caso de ser instalado en un espacio privado, adicionar copia del certificado de título, constancia anotada, contrato de alquiler o documento que demuestre la propiedad del inmueble donde serán instalados.
  2. Croquis señalando la ubicación de los juegos mecánicos, puertas de acceso y salidas de emergencias, generadores eléctricos, cajas corta circuitos, fusibles y extintores colocados, uno por cada juego, con carga vigente, operable y de fácil acceso.
  3. Disponer de señalización de "Riesgo Eléctrico" y "Peligro".
  4. Contar con rejas o barreras de 1.20 metros de altura en todo perímetro, a una distancia de por lo menos 1.50 metros de la proyección vertical de cualquier giro o movimiento del aparato mecánico.

Información Adicional

Base legal: Resolución Núm. MIP-RR-0004-2022, que establece los requisitos y procedimientos para la obtención de permisos de instalación de mesas de juego de billar y parques de diversión mecánicos.

 

Datos importantes

Horario:

Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m.

Canal de Prestación:

Presencial

Tiempo de realización:

1 día laborable

Tiempo de respuesta:

1 día laborable

Costo:

RD$ 1,500.00 pesos por cada juego

Ministerio de Interior y Policía
Ministerio de Interior y Policía

CONÓCENOS

Ministerio de Interior y Policía

BÚSCANOS

Ave. México esq. Leopoldo Navarro #419, Edificio de Oficinas Gubernamentales Juan Pablo Duarte, pisos 2, 3, 11 y 13, Gazcue, Santo Domingo, República Dominicana.