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Registro de declaración de propósito para publicación de periódicos, revistas y boletines

El servicio consiste en registrar los nombres de nuevas publicaciones de las cuales se tenga constancia de inexistencia, amparando su legalidad de conformidad con el artículo 6 de la Ley No. 6132 sobre Expresión y Difusión del Pensamiento.

Información de contacto

Dirección: Av. México esquina Leopoldo Navarro, Edificio de Oficinas Gubernamentales, piso 11.

Teléfono: (809) 686-6251 | Centro Informativo: *788 | Whatsapp: 829-653-4377

Código QR para descargar la información de contacto de Registro de declaración de propósito para publicación de periódicos, revistas y boletines

Descargar información de contacto.

Procedimientos a seguir

Para gestionar el servicio presencial:
  1. El ciudadano se dirige a las oficinas del Ministerio de Interior y Policía, ubicadas en la Av. México esquina Leopoldo Navarro, Edificio de Oficinas Gubernamentales Juan Pablo Duarte, piso 11.
  2. Deposita la documentación requerida.
  3. El ciudadano recibirá su certificación vía correo electrónico.

Requerimientos o requisitos

  1. Instancia elevada a la máxima autoridad del Ministerio de Interior y Policía, solicitando el registro formal de la publicación.
  2. Copia de la cédula de identidad y electoral del propietario, así como la profesión y nacionalidad del director o sustituto, si lo hubiere.
  3. Estatutos de la sociedad comercial, si se trata de una persona jurídica —representante o presidente—.
  4. Registro Mercantil, solo si se trata de una persona jurídica.
  5. Registro del nombre comercial de la Oficina Nacional de la Propiedad Intelectual (ONAPI), si lo hubiere.
  6. Registro de marca de la Oficina Nacional de la Propiedad Intelectual (ONAPI).
  7. Registro Nacional de Contribuyentes (RNC).
  8. Completar el formulario de “Declaración de Propósito” del Ministerio, en cumplimiento con las exigencias del artículo 6 de la Ley 6132, disponible en la página web.
  9. Copia de la certificación emitida por el Ministerio de Interior y Policía que indique que la publicación no está registrada en los archivos.
  10. Certificación de no antecedentes penales, con vigencia de treinta (30) días, del director de la publicación, expedida por la Procuraduría General de la República Dominicana.

Información Adicional

“Ley No. 6132 sobre la Expresión y Difusión del Pensamiento, de fecha 15 de diciembre de 1962 (artículos 6, 7 y 8).”

Datos importantes

Horario:

Lunes a Viernes, de 8:00 a. m. a 4:00 p. m.

Canal de Prestación:

Presencial

Tiempo de realización:

10 días laborables

Tiempo de respuesta:

10 días laborables

Costo:

RD$1,000.00

Ministerio de Interior y Policía
Ministerio de Interior y Policía

CONÓCENOS

Ministerio de Interior y Policía

BÚSCANOS

Ave. México esq. Leopoldo Navarro #419, Edificio de Oficinas Gubernamentales Juan Pablo Duarte, pisos 2, 3, 11 y 13, Gazcue, Santo Domingo, República Dominicana.